Beca Gran Canciller

 

DESCRIPCIÓN

Esta beca es asignada por el Gran Canciller en un porcentaje máximo del 80% del total de la colegiatura correspondiente al periodo académico en curso.

El Gran Canciller podrá asignar un máximo de diez (10) becas activas de alcance nacional. La distribución de estas becas por Unidad Académica Regional será definida por el Gran Canciller y comunicada al Rector Nacional para su aplicación e incorporación en el presupuesto anual.

El beneficio de esta beca supone el cumplimiento de lo establecido en el requisito general del Reglamento y podrá otorgarse desde el primer semestre de estudios.

EXIGENCIAS GENERALES

  • Para optar o renovar cualquier tipo de beca, los estudiantes de pregrado además de los requisitos específicos de cada beca, deben cumplir con los siguientes requisitos generales:

    • Ser estudiante regular y estar inscrito en el periodo académico (semestre o año) para el que se solicita la beca.
    • No tener inhabilitaciones ni reprobaciones de asignaturas en el periodo académico anterior ni haber realizado abandono total.
    • No tener ninguna obligación económica pendiente con la Universidad.
    • No haber culminado previamente ninguna otra Carrera, en la U.C.B. u otra universidad
    • Cumplir con las obligaciones establecidas para cada tipo de beca.
    • No haber sido sancionado como consecuencia de procesos sumarios o disciplinarios por la Universidad ni tener antecedentes públicos de conducta reprochable.

    Estos requisitos no se aplican para la otorgación inicial de becas que se otorgan desde el primer semestre.

     

MAYOR INFORMACIÓN

  DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO ESTUDIANTIL D.O.S.E.
           Universidad Católica Boliviana “San Pablo”
           Campus Universitario

           Maria del Carmen Padilla Vaca

  becas.scz@ucb.edu.bo   

  (3) 3442999   /  Interno   233